A partir de hoy, según una ley de la Legislatura porteña: ‘La norma modifica parte de un artículo del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad e impone castigo de quitarle la licencia a quien inicie el cruce con el semáforo en rojo’.
Esta ley fue impulsada por: ‘El Comité Consultivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, que integran numerosas organizaciones relacionadas con esta temática, tanto profesionales como de familiares de víctimas’.
También se aprobó: ‘un aumento en el descuento de puntos a las infracciones cometidas por circular con patentes en mal estado o de difícil visualización, así como utilizar equipos electrónicos capaces de evadir controles. Serán más severas las infracciones por exceso de velocidad y se prohíbe cambiar en todos los vehículos el tipo y potencia de las luces originales de fábrica correspondientes a su modelo’.
‘Conduciendo vehículos con chapas patentes en mal estado, con algún artilugio que dificulte su visualización o circular conduciendo vehículos equipados con dispositivos para evadir controles, se estableció aumentar el descuento correspondiente de 5 a 10 puntos’.
‘Se aplicará un descuento de 5 puntos para los casos en que el exceso de velocidad sea en más de 10 y hasta 20 km/h en la velocidad permitida para el tipo de arteria por el que se circule. En el caso de vías rápidas, se descontarán la misma cantidad de puntos para aquellos conductores que circulen en más de 20 km/h y hasta 40 km/h en exceso de la velocidad permitida’.
‘Se aplicará un descuento de 10 puntos en los casos en que el exceso de velocidad sea en más de 20 km/h en la velocidad permitida para el tipo de arteria y en las vías rápidas, se descontarán la misma cantidad de puntos para aquellos conductores que circulen en más de 40 km/h en exceso de la velocidad permitida’.
‘Se prohíbe circular en la vía pública con cualquier vehículo al que se le haya realizado alguna modificación a cualquier característica relacionada con factores de seguridad activa y pasiva, potencia normal del motor, tipo o potencia de las luces, emisión de gases contaminantes o dispositivo silenciador original del vehículo’.
Esta ley tiene vigencia en todo el país.
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