viernes, 29 de abril de 2011

Che Scioli, los delincuentes de la comisaria 3a de Florencio Varela se niegan a trabajar 3.


Comenzar.
De:
Francisco Benzi 
Para:Gobernacion. Asuntos municipales. 
Mis estimados.
Desde hace un año calendario estoy llamando a los delincuentes de la comisaria 3a de Florencio Varela para que intervengan ante la vulneracion de los arts 74, 85 y otros del Dec/Ley 8031/73.
Esta vez el metodo ha sido por mensaje de texto mas allá de las dcenas de horas de comunicación grabadas con estos delincuentes y su homologos de la Departamental y aún el Ministerio de Seguridad.
Agregue ultimammente el método de subir a las redes sociales cada uno de los llamados para dejar tambien constancia pública, y sepan la basura que tenemos por policía.
A partir de hoy recibirán ustedes un correo por día recordandoles esta situación y las novedades del caso.
Se han registrado hasta trece llamados en el día sin que se verifique el accionar al que están obligados.
Todo lo que antecede con una persona en posoperatorio en mi casa, aunque a la colección de hijos de puta de la gobernación, no creo les interese.
Como posdata podria agregar que tengo identiicados a unos treinta causantes, cosa que se pudo en conocimiento del personal policial sin que se verifique respuesta.
Señores, esto sigue.
Ahora los dejo, porque tengo que subir a internet este amable mensaje, con mis mejores deseos de que se pudran.

jueves, 28 de abril de 2011

Kirchner:Homenaje al delincuente tiranico muerto.


En un acto multitudinario en el Parque Lezama, agrupaciones internas y externas al Frente para la Victoria homenajean al ex presidente Néstor Kirchner cuando se cumplen seis meses de su muerte.
Colina, La Cámpora, JP Evita, Juventud Nuevo Encuentro, JP Descamisados, Juventud del Frente Transversal y la Tupac Amaru, entre otras son las agrupaciones que se congregan en la Ciudad de Buenos Aires para realizar distintas actividades desde las 19 hasta las 22.
La consigna del acto es “Más vivo que nunca”. Con desarrollo en Barracas, contará con la presencia de Florencia Kirchner (particularmente en la actividad “Parte de su historia”).

Si apareció De Mendiguren, estamos en problemas.


El flamante titular de la Unión Industrial Argentina (UIA), se mostró “gratificantemente sorprendido” por la convocatoria de la presidente Cristina Fernández de Kirchner a una reunión entre su organismo y la Confederación General del Trabajo.
A menos de 24 horas de su asunción, el industrial indicó que “la Presidenta dijo que había leído el discurso (suyo), que compartía, nos contestó algunos de los puntos y lo más importante, nos convocó a dialogar”.
En ese sentido, De Mendiguren declaró que coincide en “consensuar, pero no cualquier cosa. Cosas que sean realizables. Y en eso es clave el diálogo”.
“Con la CGT, además de esa mesa donde discutimos salarios, condiciones de empleo, también tenemos que discutir lo que tiene que ver con la película del país, no sólo con la foto del día de hoy”, señaló.
El empresario aclaró al declarar que “Cuando uno tiene esa visión conjunta de largo plazo con la CGT, entonces los problemas son más fáciles de resolver, pero si lo único que aparece en la agenda son los problemas del día a día, esos problemas se tornan insalvables”.

La radio comunitaria Tèt Ansanm Karis fue quemada junto a 6 casas en la comunidad de Carice, nordeste de Haití.


HAITÍ-AGRESIÓN
Ataque criminal en Haití contra la comunidad de Carice
 La misma agresión sufrió la biblioteca comunitaria y una organización cultural. AMARC Haití denunció a militantes del partido INITE.
Los locales de la radio, del Centro para la Cultura y el Desarrollo Carice (SKDK) y de la Biblioteca de la Comunidad Jacques Roumain de Carice perdieron en el fuego sus archivos, equipos informáticos y mobiliario.
La Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) en Haití denunció a partidarios de la fuerza gobernante INITE por la agresión.
Desde la organización señalaron que las instalaciones fueron incendiadas cuando la emisora Tèt Ansanm Karis reclamaba por la derrota del candidato John Berthol Bastien.
El ataque se produjo luego de la publicación de los resultados finales de las elecciones parlamentarias y presidenciales del pasado 20 de marzo.
AMARC Haití también informó que líderes de organizaciones de Carice y miembros del centro SKDK son víctimas de persecución por estos días.
La asociación de radios de Haití llama a organizaciones en defensa de los Derechos Humanos a denunciar la situación y ayudar a la comunidad de Carice.
Distintas disturbios se han producido desde el jueves en distintas ciudades y localidades de Haití, luego de publicarse los resultados definitivos.
Hasta el momento se reportaron dos muertes como consecuencias de estas situaciones que incluyen incendios, barricadas, ataques a instalaciones y bloqueos de caminos.
Los resultados definitivos ratificaron el triunfo presidencial de Michel Martelly. Además, otorgaron la mayoría parlamentaria a la fuerza oficialista INITE.(PÚLSAR)

Mercenarios en Libia.


REUTERS
El presidente de Libia, Muammar Gadafi, no desiste en su lucha contra los rebeldes en el país. Ahora, ha gastado 3,5 millones de dólares (unos 2,4 millones de euros), para contratar soldados mercenarios que asistan al ejército.
Aparentemente, un desertor del gobierno (también mercenario) habría asegurado que el líder libio había comenzado a contratar soldados pagos durante el principio de las manifestaciones en su contra.
Desde la OTAN se denunció que “Gadafi está utilizando todos sus contactos en la región para traer más mercenarios a Libia para defender su régimen”.
La fuerza militar internacional interviene en el conflicto libio desde hace más de un mes ya con incesantes bombardeos y apoyos para con los rebeldes.
Fuentes indicaron que hubo un ”acuerdo para reclutar a 450 mercenarios de la región del Sáhara Occidental”.
Además, explicaron que “la mayoría de los mercenarios son miembros de una tribu saharaui que luchó con el Frente Polisario en la guerra de independencia con Marruecos”.

Obama nació en Hawai y sanseacabó.


WASHINTON.- El presidente de los Estados Unidos, Barack Obama, decidió revelar su certificado de nacimiento completo para apalear el gran debate sobre su lugar de nacimiento.
Dado que solo estaba disponible una copia reducida del certificado y no contaba con una firma oficial, los escépticos dudaban de su veracidad.
Ante este escenario, la Casa Blanca decidió difundir la versión completa, indicó en un comunicado el director de comunicación de la residencia oficial Dan Pfeiffer.
“La esperanza del presidente es que tras esta decisión podamos comenzar a debatir los temas importantes para el pueblo estadounidense y el futuro del país”, manifestó Pfeiffer.
El nuevo documento confirma que Obama nació en Honolulu, Hawái, el 4 de agosto de 1961, hijo de un padre keniano y una madre de Kansas.

Por fin una Ley contra el tabaquismo.


.- Éste es el texto que la Cámara de Diputados trata sobre la ley contra el tabaquismo.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1°.- La presente ley regula la publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco a los fines de la prevención y asistencia de la población ante los daños que produce el tabaquismo.
ARTICULO 2°.- Son objetivos de la presente ley:
a)Reducir el consumo de productos elaborados con tabaco;
b)Reducir al mínimo la exposición de las personas a los efectos nocivos del humo de productos elaborados con tabaco;
c)Reducir el daño sanitario, social y ambiental originado por el tabaquismo;
d)Prevenir la iniciación en el tabaquismo, especialmente en la población de niños y adolescentes;
e)Concientizar a las generaciones presentes y futuras de las consecuencias producidas por el consumo de productos elaborados con tabaco y por la exposición al humo de productos elaborados con tabaco.
ARTICULO 3º.- Quedan comprendidos en los alcances de es-ta ley todos los productos elaborados con tabaco, y los que sin serlo puedan identificarse con marcas o asociarse con ellos, de origen na-cional o importados.
ARTICULO 4º.- A efectos de la presente ley, se entiende por:
a) Consumo de productos elaborados con tabaco: el acto de inhalar, exhalar, masticar, chupar o sostener encendido un producto elaborado con tabaco;
b) Productos elaborados con tabaco: los preparados que utilizan total o parcialmente como materia prima tabaco y son destinados a ser fumados, chupados, masticados, aspirados, inhalados o utilizados como rapé;
c) Humo de tabaco: la emanación que se desprende por la combustión de un producto elaborado con tabaco;
d) Publicidad y promoción de productos elaborados con tabaco: es toda forma de comunicación, recomendación o acción comercial con el fin, el efecto o el posible efecto de promover directa o indirectamente el consumo de productos elaborados con tabaco;
e)Control de productos elaborados con tabaco: las diversas estrategias de reducción de la demanda y los daños asociados al consumo de productos elaborados con tabaco, con el objeto de mejorar la salud de la población;
f)Patrocinio de marca de productos elaborados con tabaco: toda forma de contribución a cualquier acto, actividad, persona física o jurídica, pública o privada, con el fin, o a los efectos de promover la marca de un producto elaborado con tabaco;
g)Empaquetado de productos elaborados con tabaco: se aplica a todo envase, paquete, envoltorio, caja, lata o cualquier otro dispositivo que envuelva o contenga productos elaborados con tabaco en su formato de venta al consumidor final;
h)Lugar cerrado de acceso público: Todo espacio destinado al acceso público, tanto del ámbito público como privado, cubierto por un techo y confinado por paredes, independientemente de que la estructura sea permanente o temporal;
i)Lugar de trabajo cerrado: toda área o sector cerrado dentro de un edificio o establecimiento, fijo o móvil, en donde se desempeñan o desarrollan actividades laborales;
j)Medios de transporte público de pasajeros: Todo tipo de vehículo que circule por tierra, aire o agua utilizado para transportar pasaje-ros, con fines comerciales;
k)Clubes de fumadores de productos elaborados con tabaco: Toda entidad constituida con la finalidad exclusiva de ofrecer un ámbito para degustar o consumir productos elaborados con tabaco;
l)Ingredientes: cualquier sustancia o cualquier componente distinto de las hojas y otras partes naturales o no procesadas de la planta de tabaco que se use en la fabricación o preparación de un pro-ducto elaborado con tabaco y que siga estando presente en el producto terminado, aunque sea en forma modificada, incluidos el papel, el filtro, las tintas y los adhesivos;
m)Comunicación directa: aquella que no es visible o accesible al público en general, y que está dirigida al público mayor de edad, identificado por el documento de identidad de cada uno de los que hayan aceptado en forma fehaciente recibir tal información.
CAPITULO II
PUBLICIDAD, PROMOCION Y PATROCINIO
ARTICULO 5°.- Prohíbese la publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación.
ARTICULO 6°.- Exceptúase de la prohibición establecida en el artículo anterior, a la publicidad o promoción que se realice:
a)En el interior de los lugares de venta o expendio de productos elaborados con tabaco, conforme a lo que determine la reglamentaión de la presente ley;
b)En publicaciones comerciales destinadas exclusivamente a personas o instituciones que se encuentren involucradas en el negocio del cultivo, fabricación, importación, exportación, distribución, de-pósito y venta de productos elaborados con tabaco;
c)A través de comunicaciones directas a mayores de dieciocho (18) años, siempre que se haya obtenido su consentimiento previo y se haya verificado su edad.
ARTICULO 7°.-En todos los casos la publicidad o promoción deberá incluir uno de los siguientes mensajes sanitarios, cuyo texto estará impreso, escrito en forma legible, prominente y proporcional dentro de un rectángulo de fondo blanco con letras negras, que debe-rá ocupar el veinte por ciento (20 %) de la superficie total del material objeto de publicidad o promoción:
a)Fumar causa cáncer;
b)Fumar causa enfisema pulmonar;
c)Fumar causa adicción;
d)Fumar causa impotencia sexual;
e)Fumar causa enfermedades cardíacas y respiratorias;
f)El humo de tabaco es causa de enfermedad y muerte;
g)La mujer embarazada que fuma causa daños irreparables a su hijo;
h)Fumar causa muerte por asfixia;
i)Fumar quita años de vida;
j)Fumar puede causar amputación de piernas.
En todos los casos se incluirá un pictograma de advertencia sobre el daño que produce el hábito de fumar, el que será establecido para cada mensaje por la autoridad de aplicación de esta ley.
ARTICULO 8°.- Prohíbese a los fabricantes y comerciantes de productos elaborados con tabaco, realizar el auspicio y patrocinio de marca en todo tipo de actividad o evento público, y a través de cualquier medio de difusión.
ARTICULO 9°.-.- Encomiéndase a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual la fiscalización y verificación del cumplimiento de las disposiciones del presente capítulo por los prestadores de servicios de comunicación audiovisual y radiodifusión, conforme a lo previsto en el artículo 81 inciso j) de la Ley Nº 26.522, disponiendo la aplicación de las sanciones que correspondan en caso de infracción, de acuerdo a lo establecido en el Título VI de la misma norma, sin perjuicio de las que correspondan por aplicación de la presente ley.
CAPITULO III
EMPAQUETADO DE LOS PRODUCTOS
ELABORADOS CON TABACO
ARTICULO 10.- Los empaquetados y envases de productos elaborados con tabaco llevarán insertos una imagen y un mensaje sanitario que describa los efectos nocivos del consumo de productos elaborados con tabaco, de conformidad con el listado expuesto en el artículo 7° de la presente, que será actualizado por la autoridad de aplicación con una periodicidad no superior a dos (2) años ni inferior a un (1) año.
ARTICULO 11.-. Cada mensaje sanitario y su correspondiente imagen serán consignados en cada paquete y envase individual de venta al público de los productos elaborados con tabaco.
El mensaje sanitario estará escrito en UN (1) rectángulo negro, sobre fondo blanco con letras negras, y ocupará el CINCUENTA POR CIENTO (50%) inferior de UNA (1) de las superficies principales expuestas. La imagen ocupará el CINCUENTA POR CIENTO (50 %) inferior de la otra superficie principal.
Las empresas industrializadoras de productos elaborados con tabaco lanzarán sus unidades al mercado, garantizando la distribución homogénea y simultánea de las diferentes imágenes y mensajes sanitarios, en la variedad que hubiere dispuesto la autoridad de aplicación para cada período.
ARTICULO 12.- Los paquetes y envases de productos elaborados con tabaco deberán incluir además, en uno (1) de sus laterales, información sobre el servicio gratuito para dejar de fumar que suministre el Ministerio de Salud.
ARTICULO 13.- En los paquetes y envases de productos elaborados con tabaco no podrán utilizarse expresiones tales como “Light”, “Suave”, “Milds”, “bajo en contenido de nicotina y alquitrán”, o términos similares, así como elementos descriptivos, marcas de fábrica o de comercio, signos figurativos o frases, que tengan el efecto di-recto o indirecto, de crear la falsa, equívoca o engañosa impresión de que un determinado producto elaborado con tabaco es menos nocivo que otro o que pueda inducir a error con respecto a sus características, efectos para la salud, riesgos o emisiones.
ARTICULO 14.- Prohíbese la colocación o distribución de materiales o envoltorios externos que tengan la finalidad de impedir, reducir, dificultar o diluir la visualización de los mensajes, imágenes o informaciones exigidas por esta ley.
CAPITULO IV
COMPOSICION DE LOS PRODUCTOS
ELABORADOS CON TABACO
ARTICULO 15.- La composición de los productos elaborados con tabaco que sean cigarrillos o cigarritos destinados al comercio en
el mercado nacional, deben ajustarse a los estándares prescriptos por esta ley. A estos fines los productos mencionados deben emanar como máximo:
a)ONCE MILIGRAMOS (11 mg.) de alquitrán por cigarrillo o cigarrito, a partir del primer año de vigencia de la presente ley, y DIEZ MILIGRAMOS (10 mg.) de alquitrán por cigarrillo o cigarrito, a partir del segundo año de vigencia de la misma;
b)UN MILIGRAMO CON UN DECIMO DE MILIGRAMO (1,1 mg.) de nicotina por cigarrillo o cigarrito, a partir del primer año de vigencia de la presente ley, y UN MILIGRAMO (1 mg.) de nicotina por cigarrillo, a partir del segundo año de vigencia de la misma;
c)ONCE MILIGRAMOS (11mg.) de monóxido de carbono por cigarrillo o cigarrito, a partir del primer año de vigencia de la presente ley, y DIEZ MILIGRAMOS (10 mg.) de monóxido de carbono por cigarrillo o cigarrito, a partir del segundo año de vigencia de la misma.
Los contenidos de alquitrán, nicotina y monóxido de carbono de los cigarrillos y cigarritos se medirán según las normas ISO 4387; ISO 10315 e ISO 8454, respectivamente o las que en el futuro se dic-ten. La medición de agua se hará de acuerdo a la norma ISO 10362-1, o la que en el futuro se dicte.
La exactitud de las mediciones relativas al alquitrán, la nicotina y el monóxido de carbono se comprobarán según la norma ISO 8243 o las que en el futuro se dicten.
Los laboratorios que realicen las mediciones deberán poseer acreditación bajo la norma ISO 17.025, o las que en el futuro se dicten, para cada uno de los análisis contemplados en las normas anteriormente mencionadas.
ARTICULO 16.- El Ministerio de Salud, basándose en están-dares, que estén aceptados internacionalmente, establecerá:
a)Los métodos de verificación de los estándares conforme lo normado en el artículo anterior.
b)La información que los fabricantes deberán proveer a la autoridad de aplicación y al público acerca de los ingredientes utilizados en los productos elaborados con tabaco; de modo tal que queden protegidos los secretos industriales y de fórmulas de los fabricantes.
c)La prohibición del uso de determinados ingredientes siempre que se demuestre de acuerdo a criterios científicos objetivos y estándares internacionales, que los mismos incrementan la toxicidad total inherente de los productos bajo análisis.
CAPITULO V
VENTA Y DISTRIBUCIÓN
ARTICULO 17.- Queda prohibida la venta, exhibición, distribución y promoción por cualquier título, de productos elaborados con tabaco en los siguientes lugares:
a)Establecimientos de enseñanza de todos niveles, estatales y privados;
b)Establecimientos hospitalarios y de atención de la salud, públicos y privados;
c)Oficinas y edificios públicos;
d)Medios de transporte público de pasajeros;
e)Sedes de museos o clubes y salas de espectáculos públicos como cines, teatros y estadios.
ARTICULO 18.- Se prohíbe la venta, distribución, promoción, y entrega por cualquier título, de productos elaborados con tabaco a menores de DIECIOCHO (18) años para su consumo o para el de terceros. A tales fines, el vendedor o expendedor deberá verificar la edad del comprador, debiendo exigir la exhibición del documento que la acredite.
ARTICULO 19.- El responsable de la venta, distribución, promoción y entrega por cualquier título, de productos elaborados con tabaco, tendrá la obligación de hacer cumplir las disposiciones establecidas en los artículos 17 y 18 según corresponda a su actividad.
ARTICULO 20.- En el interior de los lugares de expendio de productos elaborados con tabaco, así como en los puntos de venta, distribución y entrega por cualquier título, deberá exhibirse en lugar visible UN (1) cartel con la siguiente leyenda “Prohibida la venta, distribución, promoción o entrega, bajo cualquier concepto de productos elaborados con tabaco a menores de 18 años”, y el número de la presente ley.
ARTICULO 21.- Se prohíbe la venta, ofrecimiento, distribución, promoción y/o entrega, por cualquier titulo de productos elaborados con tabaco:
a)En paquetes abiertos;
b)En paquetes cerrados con menos de 10 (diez) unidades;
c)A través de maquinas expendedoras;
d)Por cualquier medio que impida verificar la edad del receptor.
ARTICULO 22.- Se prohíbe la venta, distribución, publicidad, promoción y entrega por cualquier título, de artículos y productos, de uso y consumo corriente que aún no siendo productos elaborados con tabaco, puedan identificarse o asociarse con ellos a través de la utilización de logotipos, emblemas o nombres de marcas de productos elaborados con tabaco.
CAPITULO VI
PROTECCION AMBIENTAL CONTRA EL HUMO DE PRODUCTO ELABORADO CON TABACO
ARTICULO 23.- Se prohíbe fumar en:
a)Lugares de trabajo cerrados protegidos por la ley Nº 19.587 de Higiene y Seguridad del Trabajo;
b)Lugares cerrados de acceso público;
c)Centros de enseñanza de cualquier nivel, inclusive instituciones en se realicen prácticas docentes en cualquiera de sus formas;
d)Establecimientos de guarda, atención e internación de niños en jardín maternal y de adultos en hogares para ancianos;
e)Museos y bibliotecas;
f)Espacios culturales y deportivos, incluyendo aquellos donde se realicen eventos de manera masiva;
g)Medios de transporte público de pasajeros;
h)Estaciones terminales de transporte;
i)Areas en que el consumo de productos elaborados con tabaco generen un alto riesgo de combustión por la presencia de materiales inflamables, estaciones de expendio de combustibles, sitios de almacenamiento de los mismos o materiales explosivos o similares;
j)Cualquier otro espacio cerrado destinado al acceso de público, en forma libre o restringida, paga o gratuita, no incluido en los incisos precedentes.
Las personas no fumadoras tendrán el derecho de exigir al propietario, representante legal, gerente, administrador o responsable a cualquier título del respectivo local o establecimiento, conmine al infractor a cesar en su conducta.
ARTICULO 24.- Se exceptúan de la prohibición establecida en el artículo anterior:
a)Los patios, terrazas, balcones y demás áreas al aire libre de los espacios destinados al acceso de público en forma libre o restringida, paga o gratuita, mientras no se trate de establecimientos de atención de la salud o de enseñanza, excluidos los del ámbito universitario;
b)Los lugares de trabajo cerrados privados sin atención al público y sin empleados que cumplan funciones en esa misma dependencia;
c)Los clubes de fumadores de productos elaborados con tabaco o tabaquerías con áreas especiales habilitadas por autoridad competente.
ARTICULO 25.- En los lugares en que rija la prohibición de fumar, deberán colocarse carteles que indiquen dicha prohibición. La respectiva leyenda deberá estar escrita en forma legible y prominente, en letreros de un tamaño no inferior a TREINTA (30) centímetros de lado colocados en un lugar visible, en letras negras sobre fondo blanco, con las demás características que establezca la reglamentación.
ARTICULO 26.- La autoridad de aplicación, con la finalidad de facilitar las denuncias por incumplimiento de las disposiciones de la presente ley, habilitará como mínimo UN (1) número telefónico gratuito y UNA (1) dirección de correo electrónico, que deberán ser di-fundidos a través de los medios masivos de comunicación y expues-tos en forma visible en los lugares de venta de los productos elabora-dos con tabaco y en aquellos donde se prohíba su consumo.
CAPITULO VII
AUTORIDAD DE APLICACIÓN
ARTICULO 27.- Será autoridad de aplicación de la presente en el orden nacional el Ministerio de Salud.
Las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires actuarán como autoridades locales de aplicación, ejerciendo el control y vigilancia sobre el cumplimiento de la presente ley y sus normas reglamentarias. A ese fin determinarán los organismos que cumplirán tales funciones, pudiendo los gobiernos provinciales delegar sus atribuciones en los gobiernos municipales.
La autoridad de aplicación ejercerá su función sin perjuicio de la competencia de otros organismos en sus áreas específicas. En tal sentido el Ministerio de Salud actuará con el apoyo de los Ministerios de Educación, de Economía y Finanzas Públicas, de Producción, de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y de la Secretaría de Medios de Comunicación.
CAPITULO VIII
EDUCACION PARA LA PREVENCION
ARTICULO 28.- La autoridad de aplicación deberá formular programas de prevención y abandono del consumo de productos elaborados con tabaco, destinados a implementarse en los establecimientos educativos, centros de salud, lugares de trabajo, entidades deportivas y todo otro tipo de organización que exprese su voluntad de participar en acciones contra el tabaquismo.
ARTICULO 29.- La autoridad de aplicación, en colaboración con el Ministerio de Educación, promoverá la realización de campañas de información, en establecimientos educacionales, acerca de los riesgos que implica el consumo de productos elaborados con tabaco.
ARTICULO 30.- Las carreras profesionales relacionadas con la salud deberán incluir en sus contenidos curriculares el estudio e investigación de las patologías vinculadas con el tabaquismo, su prevención y tratamiento.
ARTICULO 31.- El Ministerio de Salud, en coordinación con el Ministerio de Educación, promoverá la información y educación de las nuevas generaciones, con el fin de prevenir y evitar la iniciación en el consumo de productos elaborados con tabaco.
Asimismo se pondrá especial énfasis en el peligro que significa el tabaquismo tanto para la mujer embarazada y la madre lactante, como para la salud de su hijo.
CAPITULO IX
SANCIONES
ARTICULO 32.- Las infracciones a las disposiciones de la presente ley serán pasibles de las siguientes sanciones, las que se aplicarán con independencia de la responsabilidad civil o penal que pudiere corresponder:
a)Multa en moneda de curso legal, equivalente al valor al consumidor final de entre DOSCIENTOS CINCUENTA (250) y UN MIL (1.000) paquetes de VEINTE (20) cigarrillos de los de mayor precio comercializados en el país en caso de incumplimiento cuando se incumpliere lo normado en los Capítulos V y VI. En caso de reincidencia dicha multa podrá alcanzar un valor de hasta DOS MIL QUINIENTOS (2.500) paquetes con las mismas características;
b)Multa en pesos equivalente al valor de venta al consumidor final de diez mil (10.000) a cien mil (100.000) de paquetes de veinte cigarrillos del mayor valor comercializado en el país, en caso de violación de lo dispuesto en los capítulos II, III y IV En caso de reincidencia, la multa se puede elevar hasta el valor equivalente a un millón (1.000.000) de paquetes de los antes enunciados;
c)Decomiso y destrucción de los materiales y los productos elabora-dos o comercializados que se encuentren en violación de las disposiciones establecidas por esta ley;
d)Clausura del local, institución o cualquier otro establecimiento don-de se contravenga lo pautado en la presente ley.
ARTICULO 33.- Las sanciones establecidas en el artículo precedente podrán acumularse y se graduarán con arreglo a su gravedad o reiteración.
ARTICULO 34.- Las sanciones que se establecen por la presente ley serán aplicadas, previo sumario que garantice el derecho de defensa, a través de las autoridades sanitarias o de comercio, nacionales o locales, cuando correspondiere, sin perjuicio de la competencia de otros organismos en la materia.
ARTICULO 35.- El Ministerio de Salud creará un registro nacional de infractores de esta ley, y lo mantendrá actualizado coordinando sus acciones con las demás jurisdicciones involucradas en el cumplimiento de esta ley.
CAPITULO X
DISPOSICIONES FINALES
ARATICULO 36.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se financiará con los recursos provenientes de:
a)El producido de las multas establecidas;
b)Las sumas que a esos fines se asignen en el Presupuesto de la Administración Nacional;
c)Las donaciones y legados que se efectúen con ese destino específico.
ARTICULO 37.- La presente ley entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación, con excepción de lo dispuesto por los artículos 10, 11, 12 y 13, que lo harán UN (1) año después.
ARTICULO 38.- La instrumentación de los artículos 5º, 6°, 7° y 8° empezará a regir a partir de los CIENTO OCHENTA (180) días de la publicación de la presente ley.
ARTICULO 39.- Invítase a las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a sancionar, para el ámbito de su exclusiva competencia, normas de similar naturaleza a las dispuestas por la presente para el ámbito nacional.
ARTICULO 40.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días de publicada.
ARTICULO 41.- Se deroga la Ley Nº 23.344 y su modificatoria Nº 24.044.
ARTICULO 42.- Comuníquese al Poder Ejecutivo

Desde la Unidad 45 Melchor Romero, Carlos Olivera nos hace llegar su evaluación de más de un año de prisión.

CARTA DE CARLOS OLIVERA
A mis compañeros y compañeras:


Desde la Unidad 45 Melchor Romero, Carlos nos hace llegar su evaluación de más de un año de prisión: "Varios de mis compañeros presos me ayudaron a valorar las cosas más sencillas, como un simple plato de comida, un par de zapatillas y la libertad", dice Carlos, quien también anuncia su ingreso a Convergencia Socialista y agradece: a todas las organizaciones que "están poniendo su granito de arena por mi libertad".


Carlos_Olivera



Hace un año y cuatro meses que estoy preso. Una situación muy difícil que no le recomiendo a nadie, pero también una experiencia que me sirvió para valorar cosas que en la calle no le daba importancia. Nunca pensé que conviviría con gente tan distinta, de la cual aprendí un montón. Personas que me enseñaron muchas cosas positivas. Varios de mis compañeros presos me ayudaron a valorar las cosas más sencillas, como un simple plato de comida, un par de zapatillas y la libertad.
Pero la cárcel también me sirvió para entender que lo que sembré durante años no fue en vano. Siempre trabajé por mis compañeros en las obras sin pedir nada a cambio, con honestidad. Algo de esto estoy cosechando, porque cientos, o quizá miles de personas que no conozco, están pidiendo en todo el país por mi libertad. A esas miles de personas que piden por mi les agradezco infinitamente y quiero, cuando salga, abrazarlas, si es posible, a cada una.
Quiero también decir, que en la cárcel aprendí también, gracias al Negro, Juan, Pablo, Mercedes y otros compañeros que me han venido a ver durante todo este tiempo, que se puede pelear por un mundo más justo. Ese mundo que ellos nombraban "Socialista", que con lo poco que entendí hasta hoy es que al obrero se le pague como corresponde y que las riquezas enormes del país se repartan por igual.
Ahora quiero aprender mucho más sobre esto. Para eso quiero hacerles saber que, por primera vez en la vida, tomaré la decisión de sumarme a esta lucha, ingresando a Convergencia Socialista como un compañero más. Me integraré a esta nueva experiencia maravillosa, aportando todo lo que aprendí durante estos años de lucha, pero también lo que me enseñó la vida en este año y cuatro meses que estoy preso.
Quiero transmitir esta experiencia a los miles de chicos y chicas trabajadores para que aprendan a hacerse respetar ya pelear por el futuro que realmente le corresponde a los trabajadores. Me pone muy contento saber que varios jóvenes luchadores se han integrado a la pelea por la construcción del SITRAIC. A ellos los llamo a seguir el camino que estoy empezando a caminar, organizándose conmigo y otros luchadores en esta pequeña pero importante organización revolucionaria a la que ingresé.
Mis sinceros saludos a los compañeros y compañeras de CS, SITRAIC y de todas las organizaciones que están poniendo su granito de arena por mi libertad. Desde ya me siento muy agradecido con todos y me pongo a su total disposición.
Carlos Olivera 

El ex presidente de la Comisión de la Verdad y Reconciliación de Perú, Salomón Lerner Febres, reclamó a los candidatos presidenciales un compromiso y pronunciamiento muy concreto en Derechos Humanos (DDHH).


PERÚ-ELECCIONES
Activista llama a los candidatos a comprometerse con los DDHH en Perú

Audios disponibles:
Salomón Lerner Febres, ex presidente de la Comisión de la Verdad y Reconciliación de Perú (Keiko Fujimori) - 1 min 03 seg. (498 KB)
Salomón Lerner Febres, ex presidente de la Comisión de la Verdad y Reconciliación de Perú (pedido a los candidatos) - 38 seg. (303 KB)

Febres sostuvo que no se puede mirar adelante si hay un pasado que pesa y que no ha sido desagraviado.
Asimismo, dijo que no basta con hacer públicas palabras de arrepentimiento sino que se deben suscribir políticas y programas con reconocimiento de las víctimas. También reclamó claridad para el acceso y la administración de la justicia frente a crímenes y actos de violencia. 
En este sentido se refirió principalmente a Keiko Fujimori, candidata de Fuerza 2011.
Dijo que cuando la candidata fue invitada a pronunciarse sobre las reparaciones se negó a hacer la adhesión.
A su vez, Lerner Febres consideró que "un país que quiere vivir con la verdad, requiere de memoria".
Señaló que para ello es necesario retornar al pasado, para recordar y recobrar el sentido de lo que se hizo mal, para no repetirlo y no pretender dejarlo al olvido.
Finalmente, indicó que "un país no crece dejando su historia de lado y pensando sólo en el crecimiento económico".
Ollanta Humala de Gana Perú y Keiko Fujimori de Fuerza 2011 disputarán la segunda vuelta de las elecciones presidenciales el próximo 5 de junio.
Humala ganó la primera ronda con el 31.77% de los votos. En segundo lugar quedó Fujimori, con el 23.47%. 
Durante esta segunda etapa de campaña, Fujimori intenta despegarse de la imagen de su padre, Alberto Fujimori, condenado a 25 años de prisión por violación de los Derechos Humanos.
Fujimori prometió que no indultará al ex mandatario. (PÚLSAR/CNR)

Organizaciones ambientalistas de todo el mundo participaron este miércoles de diversas acciones de protesta en el marco del Día Mundial contra la empresa minera canadiense Barrick Gold.


MUNDO-MINERÍA
Organizaciones sociales se movilizan en el mundo contra Barrick Gold

Las protestas se dieron en forma simultánea a la realización de una nueva junta anual de accionistas de Barrick Gold en Toronto, Canadá.
En América Latina se buscó generar conciencia sobre la urgencia de prohibir el uso del cianuro en la minería.
Este veneno es indispensable para la extracción de oro y la Barrick Gold es la principal productora de oro en el mundo, es decir, la mayor consumidora de cianuro.
Las manifestaciones en el Cono Sur rechazaron además "los convenios binacionales leoninos" y denunciaron la intervención de glaciares y áreas periglaciales.
En la capital argentina, Buenos Aires, en las ciudades chilenas, Santiago de Chile y Vallenar, y en la región mejicana de San Luis Potosí, las organizaciones dieron cuenta del despojo y los impactos extractivos de la minera.
Asimismo, en Argentina se realizaron manifestaciones en repudio a las presiones ilícitas que Barrick generó sobre la recientemente promulgada Ley de protección a los glaciares. (PÚLSAR)

Transmisión especial por la beatificación de Juan Pablo II.



                               


Transmisión especial por la beatificación de Juan Pablo II


El próximo domingo 1 de mayo Canal 21 transmitirá en directo desde las 4.00 hs. la ceremonia de beatificación de Juan Pablo II que tendrá lugar en la Plaza de San Pedro. En conjunto con el Centro Televisivo Vaticano (CTV), la transmisión llegará  a mas de 4 millones de hogares del interior del país y podrá seguirse por los principales cableoperadores de Capital Federal.

Asimismo podrá seguirse la ceremonia en vivo y en directo: www.c21tv.com.ar 

Para aquellos medios que deseen retransmitir la señal, la misma estará disponible gratuitamente previa solicitud de los parámetros satelitales.   

Para mayor información: prensa@c21tv.com.ar y (011) 4342-4395


Lic. Federico Wals

Oficina de Prensa
Av. Rivadavia 413 5º 
(C1002AAC) - Ciudad de Buenos Aires
República Argentina
Tel/Fax: (+5411) 4342-0580

SERVICIO PARA PERIODISTAS.


 
28 de Abril de 2011 - Número 282
SERVICIO PARA PERIODISTAS 
Organizaciones Sociales y Agenda Pública: Experiencias Internacionales de Incidencia a través de Estrategias de Comunicación
Seminario de Extensión
La Asociación Civil Periodismo Social, el Centro de Innovación Social, el Posgrado en Organizaciones Sin Fines de Lucro invitan a este Seminario en el que Felipe Benítez y Bill Hamilton, director de cuentas y vicepresidente de Fenton Communication respectivamente, presentarán casos internacionales de incidencia a través de estrategias de comunicación. Fenton Communication es la agencia de comunicaciones más grande en temas de interés público en los Estados Unidos.
El objetivo de este encuentro será presentar experiencias en América Latina y Estados Unidos de acciones de comunicación para la movilización y participación ciudadana y su incidencia en la opinión pública. Al mismo tiempo, se dedicará un espacio específico para analizar las estrategias y tácticas desarrolladas por los medios sociales, la construcción de alianzas y la evaluación de campañas. Entre los casos a analizar se encuentran las campañas de MoveOn.org, la represa de Belo Monte en Brasil, la pesca sustentable en México, la minería en Centroamérica, los derechos humanos en América Latina, la visibilidad de las ONGs chilenas en EEUU y la reforma migratoria en EEUU y México.
Destinatarios: Miembros de comisiones directivas, staff gerencial y técnico, líderes de organizaciones interesados en temas de incidencia y movilización social, responsables de prensa y comunicación de organizaciones sociales, periodistas.
FECHA: Jueves 19 de MayoHORARIO: 9.30 a 17.30 hs.LUGAR: Sede Capital de la Universidad de San AndrésDIRECCIÓN: 25 de Mayo 586- Ciudad Autónoma de Buenos AiresACTIVIDAD GRATUITA - VACANTES LIMITADAS
REQUIERE INSCRIPCIÓN PREVIA
Inscripción aquí.Más información: posflinfo@udesa.edu.ar

Carta abierta a EFE de Indira R. Peña Esclusa.


Carta abierta a EFE de Indira R. Peña Esclusa

X MES 2010




Señores
Agencia EFE
Caracas.-
Estimados señores:
Con gran interés leí el cable de EFE titulado “Esposa pide ayuda médica para un opositor venezolano acusado de tener explosivos”.
Les escribo para hacerles llegar algunas precisiones las cuales estoy segura serán de su interés:
1. Alejandro Peña Esclusa lleva mas de dieciséis años denunciando verbal y judicialmente los nexos de Hugo Chávez con las FARC; por ese motivo el gobierno venezolano ha llevado a cabo una feroz campaña de desprestigio en su contra, acusándolo no sólo de “radical” y de “agente de la CIA”, sino -por increíble que parezca- de organizar atentados contra el Papa Juan Pablo II, el ex presidente norteamericano Ronald Reagan, el presidente Evo Morales y el propio Chávez, pero sin presentar prueba alguna.
La campaña de desprestigio incluye el pago de mercenarios internautas para divulgar calumnias, falsear portales como Wikipedia, radactar noticias falsas, etc.
2. El 2 de septiembre de 2009, nueve meses antes de su detención, mi esposo viajó a Washington y denunció personalmente ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) la persecución de la cual es objeto.
El documento, identificado por la CIDH con el número P-1089-09, dice textualmente: “El ciudadano venezolano, Alejandro Pena Esclusa, nacido el 3 de julio de 1954, con numero de cédula 3.753.933, pasaporte venezolano D0640576, presidente de la plataforma de ONGs, UnoAmérica, viene siendo objeto de la más cruenta persecución judicial en Venezuela”
3. Cuando el presunto terrorista salvadoreño fue detenido en Venezuela, el 1 de julio de 2010, mi esposo se encontraba convaleciente de una intervención quirúrgica (cáncer de próstata), y por tanto estaba físicamente incapacitado para realizar las acciones que supuestamente le atribuyó Chávez Abarca.
Quisiera Recalcar la palabra “supuestamente” porque -increíblemente- las declaraciones del salvadoreño no están consignadas en el expediente; lo único que existe es un informe policial elaborado por el comisario chavista David Colmenares, sobre lo que supuestamente declaró Chávez Abarca.(http://fuerzasolidaria.org/wp-content/uploads/2011/02/DeclaracionDeDavidColmenares.pdf).
4. El 10 de julio de 2010, Alejandro grabó un video advirtiendo sobre un montaje en su contra para detenerlo (http://www.youtube.com/watch?v=Rwb0BzypRiI).  Al día siguiente, el semanario La Razón advirtió que en las próximas horas sería allanado nuestro hogar por el SEBIN.
En el supuesto negado de que mi esposo tuviese explosivos guardados, no los habría dejado en nuestra casa luego de tales advertencias; y mucho menos en el escritorio de nuestra hija de ocho años.
Vale la pena recalcar que quien coordinó el allanamiento a nuestra casa (y ordenó la siembra de los explosivos), es el mismo funcionario que elaboró el informe policial arriba señalado: David Colmenares, a quien acusamos de estar detrás del montaje en contra de mi esposo.
Si desean saber más sobre el caso, pueden hacerlo leyendo el informe disponible enhttp://fuerzasolidaria.org/?p=4073
Para una reseña sobre quién es y qué ha hecho Alejandro Peña Esclusa, pueden hacer click aquí:http://fuerzasolidaria.org/?p=3375
Estoy a la orden para sostener una reunión con ustedes para profundizar sobre los temas aquí expuestos. Mi esposo ha sido víctima de una de las peores canalladas en la historia jurídica de Venezuela y quisiera que ustedes manejasen la información que así lo demuestra.
Sin otro particular a que hacer referencia, aprovecho para hacerles llegar un cordial saludo.
Muy atentamente,
Indira Ramirez de Peña Esclusa
Colegio Nacional de Periodistas de Venezuela número 16.601

[Video]

(Video)
Peña Esclusa,
el prisionero de Chávez

UnoAmérica presentó video sobre el caso Peña Esclusa. ¿Quién es y que ha hecho Peña Esclusa? ¿Por qué Chávez lo tiene preso? ¿Quienes orquestaron el montaje en su contra y cómo lo hicieron? Conozca las respuestas en este breve video.

Dominio nacional de las tierras en el país.Proyecto de Cristina que no incluye Calafate.


BUENOS AIRES.- La presidenta Cristina Fernández de Kirchner anunció por cadena nacional el envío de un proyecto de ley sobre la protección del dominio nacional de las tierras en el país.
El proyecto tiene como objetivo “conservar para el dominio nacional y no estatal, atención a la diferencia, las tierras nacionales de la propiedad extranjera”, aseguró la mandataria.
“Nos hemos copiado de los países del primer mundo dedicados al sector primario, con lo cual no somos originales”, indicó.
“Es un compromiso con quien ya no está. Quien hace seis meses partió. Hoy también se cumplen ocho años de la elección en la cual esperamos hasta última hora para saber si habíamos salido segundos”, recordó la mandataria.
Hace “ocho años que comenzó un sueño, largamente acariciado, de poder llevar a la práctica ideas que tuvimos desde jóvenes” agregó. “Demostramos que se pueden tener ideas y no dejarlas en la puerta de Casa de Gobierno sino poder llevarlas a la práctica”.
Luego confesó su gran temor: “A mi me desvela que este inmenso esfuerzo colectivo y también esté inmenso esfuerzo personal y familiar no caiga en saco roto”.
“La conflictividad no puede arruinar el modelo”, como “la provincia de Santa Cruz que perdió millones de dólares”. “Hay que analizar de qué manera se abordan los conflictos que rondan en la puja distributiva”, criticó Cristina.

Promoción de crimenes por edición de libros y on line de organizaciones hembristas y pro lésbicas.


Un "manual para el aborto seguro"





En 2009, la organización Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto lanzó la línea telefónica “Más información, menos riesgos” para compartir con otras mujeres información sobre el aborto con pastillas de misoprostol (que puede realizarse de manera segura hasta la semana 12 de embarazo). 




Las dudas y comentarios de las más de 8000 mujeres que llamaron a esa línea (011-1566647070) se tradujeron en el manual “Todo lo que querés saber sobre cómo hacerse un aborto con pastillas”, editado por “El Colectivo”.

El material ha vendido más de 5000 ejemplares y sólo desde el sitio de la editorial lo bajaron 25 mil personas. Este impensado suceso de ventas tuvo su presentación en la Feria del Libro.

Lucía Álvarez, periodista de Tiempo Argentino, enfatizó la importancia de que el debate por la despenalización del aborto atraviese todo el espacio público.

Ella fue panelista durante la actividad, junto a la abogada Claudia Peruggino y Marlene Wayar, dirigente de la organización “Futuro Transgenérico”.

El libro –escrito en un lenguaje directo, con información proveniente de diversas fuentes jurídicas y sanitarias como la Organización Mundial de la Salud– responde a preguntas elementales sobre el uso correcto del misoprostol.

“Este manual rompe el silencio y defiende el derecho de cada persona a elegir sobre su cuerpo. Por eso también es un tema que los varones debemos militar”, sostuvo Alex Freyre (uno de los integrantes del primer “matrimonio” homosexual de la Argentina) activista por los “derechos de las personas que viven con VIH-SIDA”, presente en el auditorio Alfonsina Storni el domingo por la noche.

“Entre el miércoles y el jueves le realizarán el aborto”.


Santiago del Estero: Asesinarán el bebé de una joven discapacitada

“Entre el miércoles y el jueves le realizarán el aborto”. De esta forma, escueta y firme, el abogado Mario Rovelli, confirmó que es inminente la realización del aborto a la joven discapacitada de 27 años que habría sido abusada sexualmente, y que se encuentra en la 12ª semana de gestación.  
Rovelli, abogado de la familia de la mujer, explicó ayer que no realizó ninguna presentación ante la justicia, pues en un contacto que mantuvo con profesionales del Ministerio de Salud, le informaron que los padres de la joven habían presentado su consentimiento para que se le realice la abominable práctica, por lo que no sería necesaria la autorización judicial.

“El problema radicaba en la objeción de conciencia de los médicos y el estado público que había tomado el caso, pero al estar contemplado dentro de la ley, no habrá inconvenientes”, se explayó.

Al no concretarse solicitud alguna, la justicia actuará de oficio y realizará posteriormente al crimen, las pericias correspondientes para determinar si la joven estaba o no en condiciones de consentir una relación sexual. 

Al respecto, la fiscal del Crimen de Primera Nominación, Aída Farrán Serlé, manifestó que la madre de la joven que según afirman, es discapacitada, presentó la denuncia en contra de un vecino del barrio. Ahora la Justicia buscará establecer si la discapacidad de la joven le permite prestar consentimiento para mantener relaciones sexuales, de no ser así, el hombre denunciado podría ser imputado por abuso calificado con acceso carnal.

“El Ministerio Fiscal solicitó un examen que comprobó que esta persona padecería un retraso madurativo y cursaría un embarazo de 12 semanas, esto motivó que se solicite un examen psicológico a fin de determinar la incidencia de este retraso madurativo, respecto de la capacidad volitiva de la víctima y la comprensión de la sexualidad”, señaló.

La funcionaria manifestó que nunca existió un pedido de permiso por parte de la familia para realizar el aborto.

“La madre ha manifestado ante este Ministerio Fiscal la voluntad de que su hija, sea sometida a un aborto, pero esto no está acreditado en lo absoluto en la causa penal y tampoco correspondería, remitiéndome a la letra del artículo 86 del Código Penal cuando habla de una violación de una persona idiota o demente se requiere sólo el consentimiento de un representante legal”, señaló Farrán Serlé.

“La ley es clara -concluyó-, queda a consideración del médico, que deberá determinar si el aborto causa o no un riesgo para la vida de la persona y deberá tomar la decisión”.

Che Scioli, los delincuentes de la comisaria 3a de Florencio Varela se niegan a trabajar.


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Mis estimados.

Desde hace un año calendario estoy llamando a los delincuentes de la comisaria 3a de Florencio Varela para que intervengan ante la vulnaracion de los arts 74, 85 y otros del Dec/Ley 8031/73.
Esta vez el metodo ha sido por mensaje de texto mas allá de las decenas de horas de comunicación grabadas con estos delincuentes y su homologos de la Departamental y aún el Ministerio de Seguridad.
Agregue ultimammente el método de subir a las rede sociales cada uno de los llamados para dejar tambien constancia pública, y sepan la basura que tenemos por policía.
A partir de hoy recibirán ustedes un correo por día recordandoles esta situación y las novedades del caso.
Se han registrado hasta trece llamados en el día sin que se verifique el accionar al que están obligados.
Todo lo que antecede con una persona en posoperatorio en mi casa, aunque a la colección de hijos de puta de la gobernación, no creo les interese.
Como posdata podria agregar que tengo identiicados a unos treinta causantes, cosa que se pudo en conocimiento del personal policial sin que se verifique respuesta.
Señores, esto sigue.
Ahora los dejo, porque tengo que subir a internet este amable mensaje, con mis mejores deseos de que se pudran.