domingo, 6 de marzo de 2011

Aunque no la veamos, la hiperinflación siempre está.

Inflación, alimentos e incrementos salariales


Nos encontramos ante la evidencia de que la inflación y la distorsión de precios relativos dificulta la toma de decisiones transparentes y equitativas y que como consecuencia de ello, tanto la inflación como la distorsión de precios relativos se potencian.

Por Felipe Murolo


Matutinos de hoy publican declaraciones de dirigentes empresarios (Daniel Funes de Rioja y José Ignacio de Mendiguren) advirtiendo que constituiría un peligro de exacerbar la inflación acordar números alegres en la presente ronda de negociaciones laborales. No estoy de acuerdo con que se culpe de la inflación a los incrementos salariales, pero conviene analizar ciertos fenómenos que impiden una eficiente y equitativa negociación de los convenios colectivos de trabajo, fundamentalmente en lo que se refiere al nivel nominal de los salarios.
Estos fenómenos son la inflación y la distorsión de precios relativos.
Se puede segmentar a la población asalariada según distintos niveles de ingresos, teniendo que:
1. Las familias que perciben ingresos semejantes al salario mínimo o que lo exceden en muy poco, tienen en su canasta preponderantemente alimentos, que aumentan más que la media.
2. Las familias cuyos ingresos duplican el salario mínimo, consumen un porcentaje menor de alimentos y no son grandes demandantes de servicios privados (los que no están subsidiados). Su canasta, consecuentemente, aumenta de manera semejante a la media.
3. Las familias cuyos ingresos cuadruplican el salario mínimo, consumen más servicios privados (los que no están subsidiados). Su canasta aumenta mas que la media, pero menos que en el caso de las de menores ingresos. En este tramo todavía no se sufre la licuación generada por la falta de actualización de la tabla de deducciones del impuesto a las ganancias.
4. Quienes perciben cinco o más veces el salario mínimo consumen aún más servicios privados y se ven afectados por la falta de actualización de la tabla de deducciones del impuesto a las ganancias. Su canasta aumenta levemente por encima de los del tramo de cuatro veces el salario mínimo, pero su capacidad adquisitiva disminuye por la cuestión relacionada con el impuesto a las ganancias antes mencionada.
En épocas de alta inflación lo que fundamentalmente se discute en la negociación de los convenios colectivos de trabajo es cómo tratar de evitar la caída de los ingresos de los trabajadores, en términos reales, adicionalmente a la que natural y habitualmente se produce con el correr del año con motivo de salarios congelados o semicongelados en términos nominales y un aumento constante de los precios.
La situación de los trabajadores del tramo mínimo de ingresos genera la necesidad de incrementar los salarios más que la media (al nivel de los alimentos) aunque ese porcentaje, actualmente, equivale a la suma de la variación media de los precios y el incremento del PBI.
En el caso de los trabajadores del tramo 4 precitado, hay un componente progresivo al devorarse con el impuesto a las ganancias una parte de los aumentos nominales, pero en beneficio del fisco, no como una disminución del costo laboral.
Una vez más nos encontramos ante la evidencia de que la inflación y la distorsión de precios relativos dificulta la toma de decisiones transparentes y equitativas y que como consecuencia de ello, tanto la inflación como la distorsión de precios relativos se potencian.

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